Extension recursos apelacion civil
Novedades jurídicas

Recursos de apelación civil en Sevilla: extensión máxima y formato de los escritos (2026)

Procurador en Sevilla

La Audiencia Provincial de Sevilla ha trasladado al Colegio de Procuradores el acuerdo sobre extensión y formato de los escritos de interposición de recursos de apelación civil y de oposición. La comunicación, de 14 de octubre de 2026, remite el acta de 4 de abril de 2024 del Plenillo de Magistrados de sus Secciones Civiles.

Los magistrados pretenden poner freno a los escritos desmesurados, con alegaciones reiterativas o incluso contradictorias que dificultan identificar las cuestiones discutidas. Para ello asumen el criterio del Pleno no jurisdiccional de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2017.


1. Extensión máxima y requisitos de formato

El acuerdo considera suficiente, «por lo general», una extensión de 25 páginas, tanto para la interposición del recurso como para la oposición. Los escritos deberán ajustarse al siguiente formato:

  • Fuente Times New Roman.
  • Tamaño de 12 puntos en el texto.
  • Interlineado de 1,5.
  • Tamaño de 10 puntos en las notas a pie de página y en las transcripciones literales de preceptos o párrafos de sentencias.

La referencia al formato acompaña al límite de extensión. Reducir la letra o el interlineado para hacer encajar un escrito más largo en esas 25 páginas supondría apartarse de las pautas acordadas.


2. Revisión del escrito antes de su presentación

Para los profesionales de la procura, conviene comprobar estos extremos sobre el documento definitivo que se vaya a presentar. Si se advierte algún desajuste, su revisión con el letrado debe hacerse con margen suficiente antes del vencimiento.

Cuando la complejidad del asunto aconseje una mayor extensión, resulta prudente que la dirección letrada explique esa necesidad en el propio escrito, atendiendo a las cuestiones concretas que deban resolverse.


3. La extensión excesiva y la inadmisión del recurso

El acuerdo advierte expresamente de que una extensión excesiva puede dar lugar a la inadmisión. Ahora bien, el alcance de esa advertencia exige atender a la jurisprudencia que el propio acta menciona.

La STS 775/2021, de 1 de junio, al examinar el acuerdo de la Audiencia Provincial de Madrid, avaló este tipo de criterios, pero precisó que la inadmisión no derivaba automáticamente del exceso de extensión. Debían concurrir las dificultades para comprender y resolver el recurso que justificaban la medida.

El Tribunal Supremo reconoció también que el letrado puede explicar por qué su escrito necesita un desarrollo mayor y que esa justificación debe ser considerada. La referencia a las 25 páginas habrá de aplicarse, por tanto, atendiendo a las particularidades del asunto y a la necesidad de desarrollar los motivos del recurso.

Si eres abogado, solicita presupuesto sin compromiso

Actuamos en todos los partidos judiciales de Sevilla

30 años de experiencia

Más de 20.000 expedientes tramitados desde 1994

Atención personalizada y cercana

Honorarios competitivos

630 700 192
despacho procuradores Sevilla